- Infractores deberán asumir sanciones administrativas y penales
Con el propósito de proteger el camarón de río en la región Arequipa durante su periodo de reproducción, el Ministerio de la Producción prohibió la extracción, procesamiento, transporte y comercialización del crustáceo del 2 de enero al 31 de marzo del 2020.
La Resolución Ministerial Nº 541-2019-Produce, que dispone la veda, fue difundida entre las organizaciones de extractores de camarón, acopiadores, comerciantes y transportistas.
Las personas que infrinjan la mencionada norma serán sujetas a las sanciones administrativas y penales a que hubiere lugar.
El Gobierno Regional de Arequipa, mediante la Gerencia Regional de la Producción, supervisará el cumplimiento de la norma que prohíbe la extracción, procesamiento, transporte y comercialización del camarón en los ríos Majes, Tambo y Camaná.
Los operativos en restaurantes y empresas de transporte se desarrollarán de forma inopinada con el propósito de capturar y sancionar a los infractores.
Leer también: ADEX: amplíación de vigencia de la Ley de Promoción Agraria es positiva