De esta manera queda prohibida toda actividad extractiva que involucre al recurso pejerrey, así como su procesamiento, transporte, comercialización y/o almacenamiento.
Lima, 21 de setiembre 2020.- El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del recurso hidrobiológico pejerrey (Odontesthes regia) en el litoral peruano para el año 2020, a partir del lunes 21 de setiembre.
A través de la Resolución Ministerial 314-2020-PRODUCE, publicada en el diario El Peruano, Produce precisó que desde esa fecha queda prohibida toda actividad extractiva que involucre a esta especie, así como su procesamiento, transporte, comercialización y/o almacenamiento; salvo que se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso haya sido extraído antes de la fecha de prohibición.
Asimismo, la finalización de la presente veda reproductiva será dispuesta, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), a través de la expedición de la resolución ministerial respectiva.
Se indicó que el Imarpe efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso hidrobiológico pejerrey, debiendo informar y recomendar oportunamente al Produce las medidas de ordenamiento pesquero.
Por último, el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado, conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales vigentes.
Veda del choro
Asimismo, el Produce estableció hoy el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico choro (Aulacomya atra) en el litoral peruano, comprendido entre los meses de setiembre y noviembre para cada año, a fin de promover el desarrollo sostenible de la actividad pesquera como fuente de alimentación, empleo e ingresos.
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