La resolución señala que la empresa no evidenció que haya convocado a negociación a los trabajadores afectados para tratar cualquiera de las alternativas previas a la suspensión perfecta de labores.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) desaprobó la solicitud de Cineplanet para acogerse a la suspensión perfecta de labores, por lo que deberá pagar los sueldos no abonados de e mil 170 trabajadores.
De acuerdo a una resolución del ministerio, se dispuso que la compañía “efectúe el pago de las remuneraciones por el tiempo de suspensión transcurrido”.
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Entre los argumentos que refiere la Autoridad Administrativa de Trabajo, señala que “no se advierte el medio físico o virtual, por el cual la empresa Cineplanet haya informado a cada uno de sus trabajadores afectados con la medida de suspensión perfecta de labores, los motivos que la obligan a adoptar las medidas alternativas previstas en el numeral 4.1 del artículo 4° del Decreto Supremo N° 11-2020-TR. No se advierte la existencia de la constancia de remisión de dicha información a cada uno de los trabajadores.”.
Asimismo, señala que no se evidenció que la empresa haya convocado a negociación a los trabajadores que fueron afectados para tratar cualquiera de las alternativas previas a la suspensión perfecta de labores.
Finalmente, la resolución indica que la empresa, así como cada uno de los trabajadores comprendidos en la medida de suspensión perfecta de labores, cabe la interposición del recurso de reconsideración contra el mismo. Esta deberá ser presentado mediante la Plataforma Virtual Registro de Suspensión Perfecta de Labores dentro del plazo de 3 días hábiles, una vez se efectúe la notificación.
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